Independientemente de las regulaciones, las cosas que no se pueden detectar no se pueden prohibir.
Por lo tanto, no se puede prohibir el uso de Snus sueco [1] (ya que no hay escupir), y no se puede prohibir el vaporizador sigiloso [2] (ya que no hay vapor). Estas acciones no contradicen el espíritu de las reglamentaciones o los buenos modales, porque el objetivo de dichas reglamentaciones es prevenir el delito, y si la actividad no puede detectarse, entonces no puede haber ningún delito.
[1] Snus es un tabaco oral o sin humo que normalmente viene en microbolsas como pequeñas bolsitas de té planas. Se inserta detrás del labio superior, durante 30 a 45 minutos. Es indetectable en uso ya que no hay escupir o masticar, aunque, por supuesto, una lata se mostraría en una radiografía de equipaje.
[2] Vaping es el acto de usar un EEV o un vaporizador eléctrico / electrónico (también conocido como ‘ecig’). El vapeo sigiloso es el acto de vapear sin vapor exhalado, y se puede lograr mediante dos métodos: el uso de un líquido de relleno de bajo contenido de vapor (glicerina cero), o varios golpes de inhalación / exhalación.
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