Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU .: ¿Puedo llevar alimentos en mi equipaje documentado a los EE. UU.?

No hay una respuesta simple en blanco y negro a “¿puedes traer comida a los Estados Unidos?”, Aunque la patrulla fronteriza tiene una guía muy detallada que puedes usar para determinar qué alimentos específicos pueden o no estar permitidos.

De: https://help.cbp.gov/app/answers…

-Condimentos como ketchup (catsup), mostaza, mayonesa y salsas preparadas que no contienen productos cárnicos.

-Aceite de oliva y otros aceites vegetales.

-Panes, galletas, galletas, pasteles, barras de granola, cereales y otros productos horneados y procesados.

-Caramelo y chocolate

-Queso- Queso sólido (duro o semiblando, que no contiene carne); la mantequilla, el aceite de mantequilla y los productos lácteos cultivados como el yogur y la crema agria no están restringidos. El queso feta, el brie, el camembert, el queso en salmuera, la mozzarella y la mozzarella de búfalo están permitidos (USDA Animal Product Manual, Table 3-14-6). El queso en líquido (como el requesón o el queso ricotta) y el queso que se vierte como crema espesa no son admisibles en países afectados por la fiebre aftosa (FMD). El queso que contiene carne no es admisible según el país de origen.

-Productos enlatados y productos en frascos envasados ​​al vacío (que no sean los que contienen productos cárnicos o avícolas) para su uso personal

-Peces- Se permiten cantidades personales de pescado, camarones, abulón y otros mariscos, que pueden ser frescos, congelados, secos, ahumados, enlatados o cocidos.

-Frutas secas- cosas como albaricoques, agracejo, grosellas, dátiles, higos, grosellas, duraznos, ciruelas pasas, pasas, tomatillos y zereshk (USDA, Manual de productos diversos y procesados, Tabla 3-69)

-Leche líquida y productos lácteos destinados a lactantes o niños muy pequeños son admisibles si se utilizan en cantidades razonables o pequeñas durante varios días.

Nota: La leche y los productos lácteos de cabras deben ir acompañados de un permiso de importación del USDA si provienen de regiones clasificadas como afectadas por fiebre aftosa o peste bovina.

– Bebidas en polvo selladas en envases originales con ingredientes listados en inglés. Sin embargo, la admisibilidad aún está bajo la discreción del Especialista Agrícola de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).

-Jugos- enlatados comercialmente (USDA Manual de Productos Misceláneos y Procesados, Tabla 3-75)

-Té- empacado comercialmente y listo para ser hervido, remojado o en microondas en líquido. Se prohíbe la coca, el agracejo y las hojas sueltas de cítricos (Manual de productos varios y procesados ​​del USDA, Tabla 3-148)

-Café- tostado o sin tostar si no hay pulpa unida. (USDA, Manual de productos diversos y procesados, Tabla 3-48)

-Especias: la mayoría de las especias secas están permitidas, excepto naranja, limón, lima y otras hojas y semillas de cítricos, hierba de limón y muchas semillas de frutas y verduras.

-Miel- peine la miel, la jalea real, el pan de abeja o el propóleos si no está destinado a ser alimentado a las abejas (USDA, Manual de productos diversos y procesados, Tabla 3-100)

-Fideos y ramen que no tienen carne o huevos en los paquetes de especias.

-Arroz- (Ver ALERTA a continuación) arroz blanco, arroz basmati, arroz integral, arroz descascarillado, arroz pulido, harina de arroz y otros productos que no tienen el casco adjunto (Manual de Productos Misceláneos y Procesados ​​del USDA, Tabla 3-130).

ALERTA: a partir del 30 de julio de 2011, las cantidades no comerciales de arroz de países donde se sabe que se encuentra el escarabajo Khapra no podrán ingresar a los Estados Unidos. No declarar el arroz dará lugar a multas.

-Harina- trigo, arroz, avena y harina de maíz

-Setas, frescas y secas- partes sobre el suelo que están limpias y libres de tierra

-Nueces- Se permiten todas las nueces si se han hervido, cocinado, molido, secado al horno, en puré, asado o al vapor. Se pueden permitir otras nueces si no tienen cáscaras (la cáscara permanece), como almendras, nueces de betel, nueces de Brasil, anacardos, nueces de coquilla, avellanas (avellanas), aceitunas de Java, nueces de kara, nueces de gingko, macadamias, nueces , pili nuts, piñones (pinon nuts), pistachos y nueces. (USDA, Manual de productos diversos y procesados, Tabla 3-105, 3-106)

– Artículos de panadería, dulces, chocolate y mezclas secas que contengan ingredientes lácteos y de huevo [como mezclas para hornear, mezclas de cacao, mezclas para bebidas, mezclas para pasteles instantáneos, mezclas para pudines instantáneos, mezclas para bebidas líquidas que contienen leche en polvo reconstituida o productos lácteos secos (incluidos aquellos que contienen azúcar), hojuelas de patata y fórmula infantil] generalmente comercialmente etiquetados y presentados en el empaque final terminado son admisibles.

Frutas y vegetales:

Los viajeros pueden verificar la admisibilidad general de frutas y verduras consultando la base de datos FAVIR de APHIS. Simplemente seleccione el tipo de fruta o verdura en el “Nombre aprobado:” y luego seleccione el país de origen en el campo “País / Región:”. Recibirá uno de los siguientes resultados:

· 0 entradas encontradas significa que la fruta o verdura NO está permitida en los Estados Unidos

· # Entrada (s) encontrada (seguida del nombre de la mercancía y el nombre del país) haga clic en “CIR”.

Si los requisitos de importación indican: 1 Sujeto a inspección: este producto está sujeto a inspección en el puerto de entrada y todos los requisitos generales de 7 CFR 319.56-3. La fruta o verdura está permitida en los Estados Unidos en espera de la inspección.
Si los requisitos de importación indican: Condición del tratamiento de entrada, entonces la fruta o verdura NO está permitida en los Estados Unidos en el equipaje de los pasajeros.
Cada fruta o verdura debe declararse a un Especialista en Agricultura de CBP o un Oficial de CBP y debe presentarse para su inspección, independientemente de su estado de admisibilidad. Las frutas y verduras frescas deben estar limpias y pueden prohibirse si tienen insectos o enfermedades.

Nota: Consulte el sitio web de la FDA Productos alimenticios importados de Japón y seguridad radiológica.

Los siguientes artículos son admisibles:

Aloe- partes sobre el suelo
Las cáscaras de cocos deben haberse eliminado por completo y no pueden haber germinado
Dientes de ajo pelados
Raíces limpias de jengibre
Vaina de pan de San Juan
Vaina de frijol tamarindo
Castaño-cormo o nuez de agua solamente
Productos animales y subproductos animales:

La carne, la leche, el huevo, las aves de corral y sus productos, incluidos los productos elaborados con estos materiales, como la mezcla de sopa seca o el caldo, tienen prohibido o restringido el ingreso a los Estados Unidos, dependiendo del tipo de enfermedades animales que ocurran en el país. de origen. La carne fresca (refrigerada o congelada), seca, curada y totalmente cocida generalmente está prohibida en la mayoría de los países. Se permite la entrada de carne enlatada, excepto carne de res, ternera, cordero, cordero, venado, alce, bisonte, etc., de países afectados por encefalopatía espongiforme bovina (EEB).

Los productos que contienen ingredientes de huevo crudo están prohibidos en la mayoría de las regiones.

Los huevos y los productos derivados del huevo de las regiones afectadas por la Enfermedad de Newcastle Exótica (END) y la Influenza Aviar Altamente Patógena (HPAI), incluidos los huevos cocidos, si no están acompañados por un permiso de importación del Servicio Veterinario del USDA, siguen prohibidos independientemente de si esos artículos son para consumo personal. A partir del 15 de febrero de 2012, los viajeros pueden traer nuevamente huevos de México a los Estados Unidos.

El cerdo debe ser comercialmente enlatado y etiquetado en recipientes sin abrir. La carne de cerdo y los productos de carne de cerdo no son admisibles desde México, excepto la carne de cerdo cocida en pequeñas cantidades para una comida.

A partir del 14 de enero de 2010, las pieles de cerdo cocidas (también conocidas como corteza de cerdo) ingresan como carga comercial o en el equipaje de pasajeros de regiones afectadas con fiebre aftosa (fiebre aftosa), enfermedad vesicular porcina (SVD), peste porcina africana (PPA) ), o peste porcina clásica (LCR) debe ir acompañada de un certificado original emitido por un funcionario del Gobierno Nacional de la región de origen.

Productos agrícolas canadienses:

Para frutas y verduras de Canadá, consulte la base de datos FAVIR.

Las frutas y verduras cultivadas en Canadá son generalmente admisibles, si tienen etiquetas que los identifiquen como productos de Canadá. Las frutas y verduras compradas simplemente en Canadá no son necesariamente admisibles, es decir, cítricos o frutas tropicales como el mango, que claramente no se cultivaron en Canadá porque no tiene un clima que respalde esos cultivos. (Actualmente, las papas de las regiones occidentales de Canadá están restringidas debido a un brote de enfermedad. Si bien las importaciones comerciales están permitidas bajo pautas estrictas, los viajeros de Canadá deben evitar traer papas crudas con ellos a los Estados Unidos).

Los productos alimenticios de Canadá, incluidos los alimentos para mascotas y los productos frescos (congelados o refrigerados), cocidos, enlatados o procesados ​​que contienen carne de res, ternera, bisontes y cérvidos (por ejemplo, ciervos, alces, alces, caribúes, etc.) ahora están permitidos desde Canadá en Equipaje de pasajeros. No se permitirá la entrada de productos que contengan ovejas, corderos o cabras.

El pasajero debe presentar prueba del origen de la carne de res, cerdo, aves de corral, carne de cérvidos y alimentos para mascotas para poder llevarlos a los Estados Unidos. Ejemplos de prueba de origen incluyen el recibo de la tienda de comestibles donde se compró el producto o la etiqueta en el producto que indica la provincia en la que se empaquetó.

Las aves de caza cazadoras (faisán, codorniz, ganso, etc.) o cadáveres cérvidos (por ejemplo, ciervos, alces, alces, caribúes, etc.) de Canadá pueden ingresar cuando los importadores presenten al oficial de Aduanas y Protección Fronteriza pruebas como una caza licencia de que el producto es cazador cosechado juego salvaje. Se permite la carne o cadáveres de animales salvajes no caprichos recolectados por el cazador (por ejemplo, ovejas salvajes, cabras o bisontes / búfalos, etc.), que deben ser eviscerados y sin cabeza, cuando el cazador muestra a los oficiales de CBP una licencia de caza, etiqueta, o equivalente.

Huevos / Aves Mexicanas:

Las regulaciones con respecto a la introducción de aves de corral cocidas, como pollo y carne de pavo, incluida la carne de aves de corral en rodajas, y los huevos duros cocidos a los EE. UU. Desde México han cambiado. El Servicio de Inspección de Sanidad Animal y Vegetal del Departamento de Agricultura de los EE. UU. Informó a CBP que APHIS está implementando nuevos requisitos para la carne de ave procesada (incluida la cocida) y los huevos cocidos y cocidos traídos por pasajeros que llegan de regiones donde APHIS considera la Enfermedad Exótica de Newcastle (END) para existe. Actualmente, México es un país reconocido por APHIS como afectado por END.

De acuerdo con los nuevos requisitos, la carne procesada de aves de corral traída por pasajeros que llegan de México o de cualquier región clasificada por el USDA como afectada por END o HPAI debe ir acompañada de una certificación gubernamental que confirme que la carne fue cocinada a una temperatura interna mínima de 74 grados centígrados . Este requisito es para toda la carne de aves de corral (excepto la carne enlatada, herméticamente sellada, estable), los productos de carne de aves y los productos avícolas. No hay excepción para los huevos cocidos de los estados mexicanos de Sinaloa y Sonora.

La certificación de aves de corral que han sido cocinadas a una temperatura de al menos 74 grados centígrados no se aplica a los productos de carne de aves destinados al consumo personal (carne de aves y productos cárnicos en el equipaje de pasajeros o en el equipaje de mano, comidas personales). Para el traslado a los EE. UU., Los funcionarios de CBP aún deben inspeccionar visualmente estos artículos para certificar que la carne de aves de corral y los productos de aves de corral en el equipaje de pasajeros facturado o de mano o en las comidas, de las regiones afectadas por END o HPAI, para el consumo personal parecen estar completamente cocinados. Las cantidades superiores a 50 libras encontradas en el equipaje de los pasajeros se consideran comerciales y requerirán un certificado de Servicios Veterinarios APHIS del USDA como parte del paquete de entrada.

Lo que puede traer no depende de si se trata de equipaje de mano o equipaje documentado. Cuando ingresas al país, recoges tu equipaje antes de pasar por la aduana. Por lo tanto, no puede traer en su equipaje facturado nada que no pueda llevar en su equipaje de mano.

La respuesta simple es … depende.

Su mejor apuesta en el equipaje es en el equipaje facturado y declararlo al registrarse y / o en la Aduana. Enviarlo es una mejor apuesta, pero eso puede ser demasiado costoso.

Lo más importante es: si tienes que declararlo, declaralo. Intentar ser astuto al respecto no será un buen augurio, en ninguna circunstancia.

Sí, puede llevar equipaje documentado siempre que no sea de tamaño gigantesco y esté en un paquete sellado. Puede traer vino, queso, productos cárnicos, lo que sea bajo estas dos disposiciones principales.

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Tendría que declararlo en su declaración de aduanas. Si se permite importar, se le permitirá conservarlo. Si no está permitido, será confiscado, pero no habrá penalización. Si no lo declara y se descubre cuando se registra su bolsa; Usted estará sujeto a multas y sanciones.

La carne generalmente no está permitida. Se pueden permitir otros alimentos, pero debe declararlos en la aduana, y luego dependerá de la discreción de la aduana.